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sábado, 11 de enero de 2014

La Corte Suprema rechazó un amparo de jubilados contra el pago del Impuesto a las Ganancias

Actualidad de Mendoza, Argentina y el Mundo. Diario Uno de Mendoza, Argentina :: pais

La Corte Suprema les negó un recurso de amparo a jubilados que presentaron una demanda contra el descuento del Impuesto a las Ganancias a sus haberes mensuales.El máximo tribunal revocó así una sentencia de segunda instancia que habilitaba ese recurso y que había declarado la inconstitucionalidad del artículo de la ley que dispone que los haberes previsionales quedan afectados, al igual que los salarios de los trabajadores activos, por ese tributo.La Corte compartió de todos modos el criterio de la Procuración General, que en su dictamen destacó que no se abre juicio sobre la legitimidad de la pretensión de los jubilados demandantes, la cual podrá ser discutida y atendida, según señaló.La sentencia fue dictada en diciembre pasado en la causa Dejeanne, Oscar Alfredo y otro c/ AFIP y fue difundida por el portal especializado Diario Judicial.Los magistrados señalaron que una evaluación del sistema tributario del país no es una materia que le corresponda al Poder Judicial.Pero admitieron que el fondo de la cuestión del juicio bajo análisis puede ser discutida con posterioridad.Además, advirtió que en el caso que analizó no se presentaron los datos de cuánto cobran los jubilados y cuánto se les descuenta por Ganancias para determinar si el gravamen resulta confiscatorio, como argumentaron los denunciantes.Al revocar la decisión de la Cámara Federal de Corrientes, los jueces Carlos Fayt, Eugenio Zaffaroni, Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay argumentaron que no es viable la suspensión del cobro del tributo.Los jubilados están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias bajo el mismo régimen que los asalariados.Están obligados a tributar, por lo tanto, a partir de los mismos ingresos que los empleados activos.También fueron beneficiados en 2013 por la disposición del Poder Ejecutivo que deja al margen del tributo a quienes entre enero y agosto de ese año no cobraron más de 15.000 pesos mensuales.Fuente: Noticias Argentinas.

 

 

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